Registros Civiles

Dirección de Registros Civiles

Tiene por objeto la coordinación, control, inspección y vigilancia del funcionamiento de las Oficinas de Registro Civil en cada Parroquia, para la prestación del servicio público mediante el cual se materializa el derecho constitucional a la identidad de todas las personas, a través de la inscripción del nacimiento, así como los demás actos y hechos que modifican o extinguen el estado civil, confiriéndole eficacia y pleno valor probatorio a todas las actuaciones y declaraciones contenidas en sus archivos

Entidad encargada de registrar los hechos vitales que modifican el estado civil de las personas del Municipio Diego Ibarra

Objetivo General

Coordinar, controlar, inspeccionar y vigilar el funcionamiento de las Oficinas de Registro Civil en cada Parroquia, para la prestación del servicio público mediante el cual se materializa el derecho constitucional a la identidad de todas las personas, a través de la inscripción del nacimiento, así como los demás actos y hechos que modifican o extinguen el estado civil, confiriéndole eficacia y pleno valor probatorio a todas las actuaciones y declaraciones contenidas en sus archivos.

Función 1

Realizar la inscripción de los actos y hechos jurídicos, según la competencia por el territorio

Función 2

Presenciar y celebrar matrimonios en el Municipio Diego Ibarra, así como extender y registrar las actas correspondientes a los mismos.

Función 3

Realizar la inscripción de las actas de nacimientos, matrimonios y defunciones ocurridas en el exterior, en atención a lo previsto en el ordenamiento jurídico vigente.

Función 4

Efectuar las declaraciones e inscripciones de nacimientos y demás actos del estado civil, y llevar los libros y registros respectivos, conforme lo previsto en el ordenamiento jurídico vigente, y según los lineamientos del órgano rector en la materia.

Función 5

Organizar y promover la realización de jornadas de inscripción de nacimientos.

Función 6

Insertar la correspondiente nota marginal en el libro respectivo, cuando sean inscritas las sentencias ejecutoriadas de rectificación de los registros del estado civil, de nulidad o disolución del matrimonio y, en general, las que modifiquen el estado y capacidad de las personas.

Función 7

Firmar las inscripciones en los libros de Registro Civil de todos los actos y hechos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica de Registro Civil y su Reglamento Nº 1.

Función 8

Las demás que determine la Alcaldesa de Diego Ibarra, el/la Director/a General el/la Director/a Sectorial de Apoyo Administración y Hacienda, y el ordenamiento jurídico vigente.

Atribuciones de la Dirección de Registros Civiles

Presenciar

y celebrar matrimonios en el Municipio Diego Ibarra, así como extender y registrar las actas correspondientes a los mismos.

Realizar

la inscripción de las actas de nacimientos, matrimonios y defunciones ocurridas en el exterior, en atención a lo previsto en el ordenamiento jurídico vigente.

Efectuar

las declaraciones e inscripciones de nacimientos y demás actos del estado civil, y llevar los libros y registros respectivos, conforme lo previsto en el ordenamiento jurídico vigente, y según los lineamientos del órgano rector en la materia.

Organizar

y promover la realización de jornadas de inscripción de nacimientos.

Realizar

las gestiones necesarias para la sustanciación de los expedientes esponsalicios y publicación de dichos carteles.

Insertar

la correspondiente nota marginal en el libro respectivo, cuando sean inscritas las sentencias ejecutoriadas de rectificación de los registros del estado civil, de nulidad o disolución del matrimonio y, en general, las que modifiquen el estado y capacidad de las personas.

Elaborar

los informes de gestión de la Dirección de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Dirección Sectorial de Administración y la Dirección de Planificación y Presupuesto.

Las demás

que le sean asignadas por la Alcaldesa de Diego Ibarra, por el/la Director/a General de Gestión Administrativa y Operativa por el/la Director/a Sectorial de Operaciones, y por el Ordenamiento Jurídico vigente.

Certificar

los asientos contenidos en los libros de Registro Civil que reposen en la Unidad de Registro Civil y en general todos aquellos actos que modifiquen el estado y capacidad de las personas, insertando la correspondiente nota marginal en el libro respectivo, y las que correspondan conforme a la Ley.

Elaborar

Elaborar el Plan Operativo Anual (P.O.A.) de su Dirección.