Convivencia y Responsabilidad Comunitaria
Ruidos molestos: Gritos, vociferaciones o abuso de propaganda sonora: 44 veces la moneda de mayor denominación.
Perturbación: Molestar la tranquilidad por motivos fútiles o petulancia: 44 veces la moneda de mayor denominación.
Ebriedad ocasional: Estar ebrio en público causando molestias: 23 veces la moneda de mayor denominación.
Ebriedad habitual: Estar ebrio de forma constante en público: 44 veces la moneda de mayor denominación.
Escándalos: Fomentar desórdenes en la calle o sitios de juego: 44 veces la moneda de mayor denominación.
Menores de edad: Permitir que adolescentes menores de 17 años transiten solos después de las 09:00 pm (multa al representante): 44 veces la moneda de mayor denominación.
Daños a fachadas: Lanzar piedras u objetos contra techos o frentes de casas: 44 veces la moneda de mayor denominación.
Ventas frente a escuelas: Ejercer comercio informal frente a colegios o liceos: 45 veces la moneda de mayor denominación.
Pirotecnia: Vender o transportar fuegos artificiales sin permiso de bomberos: 100 veces la moneda de mayor denominación.
Necesidades fisiológicas: Orinar o defecar en plazas, parques o vías públicas: 60 veces la moneda de mayor denominación.
Actos lascivos: Realizar actos indecorosos en lugares públicos: 80 veces la moneda de mayor denominación.
Protección de menores: Usar niños o adolescentes para comprar alcohol o tabaco (multa para el adulto y el vendedor): 100 veces la moneda de mayor denominación.
Aguas servidas: Arrojar agua sucia o líquidos fétidos a las calles: 55 veces la moneda de mayor denominación.
Quemas: Quema de basura, cauchos, vegetación o desperdicios: 100 veces la moneda de mayor denominación.
Terrenos baldíos: Mantener solares vacíos con basura, maleza o alimañas: 60 veces la moneda de mayor denominación.
Animales muertos: Arrojarlos en la vía pública o junto a desperdicios: 60 veces la moneda de mayor denominación.
Mal manejo de basura: No usar bolsas adecuadas o no sacar la basura en el horario correspondiente: 80 veces la moneda de mayor denominación.
Basureros improvisados: Arrojar basura en terrenos o sitios no permitidos: 90 veces la moneda de mayor denominación.
Pozos sépticos: Construirlos sin permiso de Desarrollo Urbano: 80 veces la moneda de mayor denominación.
Grafitis: Rayar o pintar paredes y frentes sin permiso del propietario: 90 veces la moneda de mayor denominación.
Mal uso de plazas: Practicar deportes que dañen el ornato en plazas o áreas verdes: 25 veces la moneda de mayor denominación.
Motos (Horario): Circular entre las 10:00 pm y 04:00 am sin permiso: 50 veces la moneda de mayor denominación.
Motos (Pasajeros): Llevar más de un parrillero (acompañante): 80 veces la moneda de mayor denominación.
Obstrucción: Impedir el paso por calles, plazas o parques: 100 veces la moneda de mayor denominación.
Vehículos abandonados: Dejar carros dañados o accidentados en la calle por tiempo indefinido: 80 veces la moneda de mayor denominación.
Mecánica en la calle: Reparaciones prolongadas de vehículos en la vía pública: 100 veces la moneda de mayor denominación.
Daño al asfalto: Arrastrar objetos que deterioren el pavimento o las aceras: 80 veces la moneda de mayor denominación.
Falta de señales: No colocar avisos de peligro en obras realizadas en la vía: 90 veces la moneda de mayor denominación.
Maltrato: Crueldad, golpes o castigos innecesarios a animales: 100 veces la moneda de mayor denominación.
Animales sueltos: Mantener animales de granja o perros peligrosos sueltos en la calle: 70 veces la moneda de mayor denominación.
Interrupción pública: Perturbar sesiones del Concejo Municipal o el trabajo en la Alcaldía: 100 veces la moneda de mayor denominación.
Cultos: Perturbar ceremonias religiosas en templos o calles: 100 veces la moneda de mayor denominación.
Datos Clave para el ciudadano
📅 Plazo de Pago
El ciudadano tiene 5 días hábiles para cancelar su multa en la Dirección de Hacienda Municipal tras la notificación oficial.
⚠️ Reincidencia
En caso de repetir la misma falta, el monto de la sanción se incrementará en un tercio (1/3) adicional del valor base.
📦 Bienes Retenidos
Productos perecederos de origen dudoso serán retenidos y vendidos a precio de costo a la comunidad del sector.
🤝 Sanción Alternativa
Se podrá sustituir la multa por Trabajos Comunitarios (máx. 20h totales / 2h por semana) o Charlas de Inducción (2 horas).
💰 Destino de Fondos
- Policía Municipal 60%
- Funcionario Actuante 25%
- Instituto de Deporte 15%
⚖️ Derecho a Apelación
Puedes interponer un recurso de reconsideración ante el despacho del Alcalde o Alcaldesa si consideras la sanción improcedente.

