Dirección de Transporte, Tránsito y Vialidad

Tiene como principal atribución la regulación, control y administración del sistema de transporte público urbano y suburbano, y la vialidad local, con sujeción a las leyes nacionales. Tendrá bajo su responsabilidad la División de Tránsito Terrestre.

Garantizamos a Mariara la operatividad de y otros tipos de servicios que un buen gobierno debe ofrecer a sus habitantes.

Atribuciones de la Dirección de Transporte, Tránsito y Vialidad

La Dirección de Tránsito y Transporte Terrestre estará a cargo de un Director o Directora, quien contará con las siguientes funciones y atribuciones:

Regulación

del Transporte Público Urbano: Coordinar y administrar la prestación eficiente del servicio de transporte público dentro del municipio.

Fijación

y Control de Tarifas: Llevar a cabo jornadas informativas y de control para asegurar que se respeten las tarifas urbanas establecidas para el servicio de transporte público.

Clasificación

y Ordenación de Rutas: Participar en la clasificación y ordenación de las rutas de transporte público (urbanas).

Inspección

y Vigilancia: Implementar, junto con el Cuerpo Técnico de Vigilancia de Tránsito Terrestre, operativos de inspección para verificar el cumplimiento de las normativas de tránsito y transporte en las vías municipales.

Regular

en parte, los servicios conexos al transporte que operan a nivel municipal, como terminales de pasajeros y estacionamientos, sin perjuicio de las competencias nacionales.

Planificación

Vial: Identificar, proponer y ejecutar planes, programas y proyectos relacionados con la vialidad urbana, la circulación y el ordenamiento del tránsito de vehículos y personas en las vías del municipio.

Velar

por el buen trato a los usuarios del transporte público y la seguridad vial de los habitantes.

Ejecución

de Políticas Públicas: Ejecutar las políticas públicas en materia de transporte y tránsito terrestre en las vías del municipio, en ejercicio de las competencias concurrentes con los entes nacionales.

Las demás

que le asean asignadas o delegadas por el Alcalde o Alcaldesa o le sean designadas por las leyes y ordenanzas.