Dirección de Consejos Comunales y Comunas

Tiene por objeto crear, desarrollar y regular la conformación, integración, organización y funcionamiento de los consejos comunales, comunas y ciudades comunales y su relación con los órganos del Estado, para la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas.

Promover los valores y principios de así como a la constitución de formas de autogobierno comunitarias

Dirección de Consejos Comunales y Comunas

Promover

la democracia participativa a través de los Consejos Comunales, Comunas y Ciudades Comunales.

Promover

las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social.

Promover

y articular la participación organizada de las y los integrantes de los Consejos Comunales, Comunas y Ciudades Comunales, los grupos sociales y organizaciones comunitarias en los diferentes comités de trabajo.

Generar

el proceso de planificación pública y popular.

Las demás

funciones que le atribuya el órgano rector en la materia, así como las leyes, ordenanzas y los reglamentos respectivos.

Generar

un registro de las instancias del poder popular que hacen vida en el municipio.

Presentar

informe trimestral de las actuaciones de la Dirección a su cargo.

Las demás

que le asean asignadas o delegadas por el Alcalde o Alcaldesa o le sean designadas por las leyes y ordenanzas.

Apoyar

el proceso de conformación de los Consejos Comunales, Comunas y Ciudades Comunales.

Elaborar

el Plan Operativo Anual (POA) de su Oficina.