ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA
ESTADO CARABOBO
En uso de las atribuciones legales conferidas por el Artículo 88, numeral 3, de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y en concordancia con el Artículo 26 de la Ordenanza sobre “Impuesto de Vehículos” del Municipio Diego Ibarra, y considerando la necesidad de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los ciudadanos y promover el bienestar económico en nuestra comunidad,
SE DICTA EL SIGUIENTE DECRETO (Ver PDF)
Resumen:
Se extiende el lapso para el pago del Impuesto sobre Vehículos correspondiente a este municipio, así como el porcentaje de descuento establecido, hasta el 31 de marzo de 2025.
El porcentaje de descuento aplicable a los contribuyentes que realicen el pago dentro del nuevo plazo establecido será para ir beneficiando así a los propietarios de vehículos que cumplan con sus deberes fiscales.
La Alcaldía del Municipio Diego Ibarra, a través de la Dirección de Finanzas, se encargará de la divulgación y promoción de este decreto, garantizando que todos los ciudadanos tengan acceso a esta información y puedan beneficiarse de las facilidades dispuestas.
Este decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Municipal y será de obligatorio cumplimiento para todos los contribuyentes de este municipio.
Dado, firmado y sellado en la Alcaldía del Municipio Diego Ibarra.
Teresa Virginia Flores Bermúdez
Alcaldesa del Municipio Diego Ibarra