Para tramitar la solicitud de unificación de parcelas, se deberán presentar los siguientes recaudos:
- Planilla de solicitud de unificación: original, debidamente llenada y firmada por el propietario del inmueble.
- Pago de tasa (artículo 28): por un monto de 0,10 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor (BCV) por cada metro cuadrado de superficie.
- Solvencia municipal del impuesto inmobiliario: de todas las parcelas que se pretenden unificar.
- Documento público de propiedad: copia de los documentos de cada lote. Requisito indispensable: todos los inmuebles deben estar registrados a nombre del mismo propietario.
- Constatación de documentos: todas las copias deben venir acompañadas de su original para su revisión y devolución.
- Propuesta del plano del terreno unificado: debe indicar las nuevas dimensiones, área total y linderos tras la unión de los lotes.
- Plano comparativo: donde se detalle la situación anterior (lotes separados) y la situación actual (lote único).
- Carpeta tamaño oficio: color marrón y con su respectivo gancho.
- Requisitos en caso de existir bienhechurías:
- A) documento público que certifique la propiedad de las mejoras o construcciones.
- B) las construcciones deben cumplir con las variables urbanas dentro de la nueva parcela unificada.
- Escalas normalizadas (1:50, 1:100, 1:200, 1:250, 1:500): según el área del terreno. Los planos deben estar debidamente firmados por el profesional responsable del área (ingeniero o arquitecto).
Aclaratorias importantes para el usuario:
- La firma del dueño: va únicamente en la planilla de solicitud.
- La firma del profesional: va en todos los planos técnicos, ya que él es quien se hace responsable de que las medidas sean exactas.
- El nombre en el título: si un lote está a nombre de «pedro» y el otro a nombre de «pedro y maría», no procede la unificación hasta que ambos estén a nombre de las mismas personas.